ALEJANDRO NIETO GARCÍA : ENTRE LA SEGUNDA Y LA TERCERA REPÚBLICA: INTRODUCCIÓN
ALEJANDRO NIETO
EDITORIAL COMARES
GRANADA
2022
INTRODUCCIÓN
La reciente aprobación de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática explica la urgencia de la publicación de este libro, que redactado obviamente sin conocimiento de aquélla, pone de manifiesto una contradicción extrema de actitudes que importa precisar desde el primer momento.
El desvalor más grave de esta Ley no se encuentra en su evidente sectarismo ideológico sino en los enormes errores técnicos que en su texto se acumulan. Por lo pronto y después de anunciar que se refiere «a lo largo de la historia contemporánea de España», centra de hecho su objetivo y finalidad en el «período comprendido entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978» (art. 1.2). No es pequeño el disparate de acotar un período histórico al intervalo de dos fechas precisas sin extenderse a otras de actualidad rigurosa como si el Gobierno de Pedro Sánchez, por ejemplo, no perteneciese a la historia contemporánea de España; pero todavía es más grave cortar bruscamente el período acotado rompiendo la relación entre el 18 de julio de 1936 con los días, meses y años inmediatamente anteriores. Esto es sencillamente inaceptable.
Una de las tesis centrales del presente libro consiste cabalmente en la afirmación (y prueba) de que el Alzamiento militar del 18 de julio se estuvo gestando previamente durante varios meses y que en cualquier caso mantuvo conexión directa y expresa con todo el período de la Segunda República de tal manera que si en la República se hubiese actuado de otra manera, otro hubiera sido también el Alzamiento militar y la Guerra Civil no hubiese sido absolutamente inevitable. Más todavía: el golpe de 1936 no fue sino el último eslabón de una cadena de levantamientos sucesivos que empezaron en la «sanjurjada» de 1932 y continuaron en las rebeliones armadas y sangrientas del Alto Llobregat, de Casas Viejas y sobre todo, para no hacer la lista interminable, en los levantamientos de octubre de 1934 recordados en la memoria popular con los nombres del octubre rojo asturiano y de la rebelión militar catalana, precedentes inmediatos aunque de signo contrario del de 18 de julio de 1936. De hecho hoy se admite sin discusión que los breves años de la República fueron la preparación sin solución de continuidad del Alzamiento de 1936. Algo que únicamente desconoce la Ley de Memoria Democrática. Sin la Segunda República en definitiva no puede entenderse ni el frustrado golpe de Estado de 1936 ni la Guerra Civil subsiguiente. ¿A qué se debe entonces tan sorprendente desconexión? No, desde luego, a una ignorancia técnica que sería excesiva y, además, la realidad ha terminado imponiéndose puesto que en repetidas ocasiones en la Ley se hace alusión expresa a comportamientos anteriores al 18 de julio aunque —eso sí y por descontado— siempre en referencia a violaciones de derechos humanos cometidos por el bando vencedor.
La exclusión de la época republicana es a todas luce una burda maniobra para evitar que se tengan en cuenta tachas antidemocráticas en este período y a la sombra de la ideología que actualmente inspira a los autores de la Ley.
Por otro lado la Ley en cuestión es un rosario de proposiciones dogmáticas que no admiten discusión: para ella los acontecimientos, instituciones y personas son democráticas o antidemocráticas y como tales son tratadas. Son antidemocráticos el golpe de 1936 y la Dictadura franquista. Es democrática, en cambio, la Segunda República aunque no se haga una declaración explícita al respecto; pero así se desprende de algunas afirmaciones inequívocas como la sombra protectora que se proyecta sobre sus partidarios (partidos del Frente Popular, miembros de la Unión Militar Antifascista). Ahora bien, para escapar de una descalificación inevitable (como los golpes de Estado de octubre de 1934) a esos años no llega el enjuiciamiento de la Ley de 2022.
La duda es inevitable, con todo, en lo que tañe a la Guerra de España. ¿Quiénes fueron según la Ley las víctimas producidas «con ocasión de ella»?
¿Qué idea deben tener de una guerra civil los autores de la Ley? Una guerra en la que hubo más víctimas en la retaguardia que en las trincheras y donde ambos bandos bombardeaban a la población civil contraria. A decir verdad no hay un solo español —ni uno solo— que no padeciera daños con ocasión de la guerra. Todos fuimos víctimas. En la zona nacional se perseguía a los miembros y simpatizantes del Frente Popular y en la zona republicana se perseguía con la misma saña a los partidos y simpatizantes de la CEDA, religiosos y propietarios de bienes de producción. La revolución y la contrarrevolución no perdonaron a nadie, nadie escapó de sus consecuencias directas e indirectas. Todos los españoles fuimos y somos víctimas puesto que ninguno pudo escapar de aquella persecución implacable en casos referida, para mayor incongruencia, a hechos anteriores al 18 de julio de 1936 como los aludidos en la letra g) del citado artículo («ejercicio de cargos y empleos o trabajos públicos durante la Segunda República») o en la letra k) («pertenecientes a la Unión Militar Democrática» constituida antes del Alzamiento.
¿Cómo es posible ahora intentar separar estos períodos a través de una norma jurídica? ¡Si al menos se hubiera tratado de un ensayo académico a título personal! Pero para la Ley 20/2022 lo sucedido durante la Segunda República carece de relevancia y puede excluirse de la memoria democrática.
Este no es un texto normativo sabio e imparcial sino decididamente sectario, cuyos autores no han vacilado en cometer errores técnicos garrafales con tal de ocultar las tachas democráticas de la República y así poder mantener la división de los españoles en demócratas y antidemócratas construyendo un pasado imaginario y falso. Porque si se enlaza el golpe de Estado de 1936 con los sucesos de 1934, por ejemplo, ya no es posible seguir manteniendo la tesis de la Ley. La quiebra democrática no empezó el año 36 ni fue patrimonio exclusivo del bando llamado nacional. Todos fueron igualmente pecadores por más que la Ley con sus trampas pretenda demostrar otra cosa apoyando la ficción de una sociedad y de unas instituciones de buenos y malos perfectamente separados, ocultando sin escrúpulos cuanto había sucedido antes del Alzamiento Nacional.
En tercer lugar la Ley se declara solemnemente sometida a los principios fundamentales de Derecho. No obstante lo cual no tiene empacho en hacer declaraciones inauditas en este sentido, que trastornan lo que viene entendiéndose por nosotros como Derecho. Así la declaración de ilegalidad e ilegitimidad de órganos y nulidad de sus actuaciones (art. 5) e incluso el reconocimiento de la «injusticia» de los exilios. A decir verdad, si se mantiene esta Ley, forzoso será volver a estudiar Derecho desde el principio.
A nuestro propósito basta ahora con estas breves reflexiones pues no se trata aquí de criticar una Ley que es modelo de sectarismo político y de incorrecciones técnicas que bastan para justificar no ya su rectificación sino su olvido. Una Ley cuyo objetivo es exactamente contrario al del presente libro, dado que éste se inspira en la continuidad de los sucesos de la historia contemporánea española, que no empieza el 18 de julio de 1936 sino que viene de mucho antes y que se conexionan inseparablemente. Si se quiere conocer la verdad de nuestro presente y pasado inmediato no puede dejarse a un lado la Segunda República, que es fuente de las muchas y graves cosas que vinieron después. La pretendida memoria democrática no puede basarse en verdades a medias y la convivencia pacífica de los españoles no puede inspirarse en un relato de buenos y malos, de vencedores y vencidos, de víctimas y verdugos, de demócratas y fascistas: todo esto ya no se corresponde ni de lejos con la realidad. Un Parlamento puede disponer casi a su antojo del régimen jurídico de los ciudadanos, pero no está a su alcance alterar los hechos. En su mano está, si quiere, el declarar que el sol gira alrededor de la Tierra y hasta puede sancionar a quien afirme lo contrario; mas no por ello logrará nunca que efectivamente se alteren gracias a ella las relaciones astronómicas como tampoco hacer verdad un relato falso del presente y mucho menos del pasado.
Con mal pie han entrado las Cortes españolas a regular la memoria democrática (antes memoria histórica) a contrapelo de la opinión popular. En la Guerra Civil hubo conocidamente vencedores y vencidos y en la implacable represión posterior se ensanchó aún más la fractura que separaba —y enfrentaba— a las dos Españas. Fueron años económica y políticamente muy duros que retrasaban el cierre de cicatrices individuales y colectivas. Algo que con el tiempo («cuarenta años de paz») se fue haciendo posible y los horrores de la guerra y la represión fueron borrándose progresivamente en las nuevas generaciones. Más todavía: la permanencia de la Dictadura y su generalizado rechazo no tardó en modificar la estructura política de España hasta tal punto que a la lucha entre vencedores y vencidos sucedió otra que se desarrollaba entre franquistas herederos de los beneficios de la Guerra y antifranquistas herederos no sólo de los vencidos sino también de vencedores ya desengañados. De esta manera, a primera vista un tanto extraña, se forjó una nueva unidad nacional que, olvidándose de los recuerdos de la Guerra Civil y de la Represión, encarnó en la Transición democrática y en la Constitución de 1978.
Pues bien, la Ley 20/2022 ha supuesto un largo paso hacia atrás en cuanto pretende volver a separar a los españoles en las fatídicas trincheras de vencedores y vencidos que ahora se denominan fascistas y demócratas, malos y buenos: una línea ideológica aceptable en principio pero que no puede admitirse cuando se construye basándose en hechos falsos, en una adoctrinación perversa, en una confusión deliberada.
De aquí la necesidad de intentar colocar las cosas en su sitio. Comprensible es que algunos o muchos españoles que no sientan todavía cerradas sus heridas luchen por una memoria auténticamente democrática, pero siempre con la condición de la sinceridad, la verdad y el juego limpio sin recurrir a las burdas manipulaciones de la Ley 20/2022. Y para ello lo más urgente es «recuperar los hechos», primero retorcidos por la cínica propaganda fascista y luego ahora por la contraria —pero simétrica— de la Ley de Memoria Democrática.
Ante este estado de cosas el único camino decente es «la vuelta a los hechos verdaderos», precisando su existencia y atribuyendo a los acontecimientos su verdadero sentido. Exactamente lo contrario a lo que tan toscamente pretende hacer la nueva Ley. Es imprescindible, pues, que los españoles recuperen la verdad perdida por culpa de dos campañas igualmente contrarias y perversas. El presente libro es un esfuerzo sincero en tal dirección. Otra cosa es que haya conseguido su propósito dado que nadie puede escapar del todo de las desviaciones de su formación personal.
Apurando las cosas no se trata tanto de construir artificialmente una memoria democrática mirando al pasado que separe a los españoles en buenos y malos como de fomentar una voluntad democrática que, mirando al presente y al futuro, pretenda afirmar una sociedad política ideológicamente variada pero en la que sea posible y deseable la convivencia pacífica. Voluntad democrática que ha de estar fundada necesariamente en un conocimiento suficiente del pasado como es el objetivo de este libro (y de otros de similares intenciones que van apareciendo) y no en las falsas versiones que nos proporcionó primero el franquismo y ahora la Ley 20/2022 que no quieren aprender que quien siembra y cultiva odio cosecha inevitablemente violencia.
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